La Ley General de Discapacidad (LGD) tiene como misión principal promover la integración laboral de las personas con discapacidad, asegurando su presencia efectiva en el mercado de trabajo.
En virtud de esta normativa, todas las empresas, tanto públicas como privadas, que cuenten con 50 o más empleados están obligadas a reservar un porcentaje de empleo para personas con discapacidad: al menos un 2 % de su plantilla, incluyendo tanto contratos fijos como temporales y haciendo el cálculo en base al personal medio de los últimos doce meses.
Para facilitar la implementación en función del tamaño de cada empresa, se establece un sistema práctico de cómputo:
Este enfoque no solo responde a una exigencia legal, sino que también representa una oportunidad para fomentar la incorporación inclusiva al mundo laboral, reforzar la responsabilidad social corporativa y mejorar la cohesión dentro de los equipos de trabajo.
El Certificado de Excepcionalidad es un mecanismo previsto por la Ley General de Discapacidad (LGD) que ofrece a las empresas una vía alternativa para cumplir con la obligación legal de reservar un 2 % de su plantilla a personas con discapacidad.
Este certificado se solicita cuando la incorporación directa de trabajadores con discapacidad no resulta viable, ya sea por motivos relacionados con la actividad de la empresa, la falta de perfiles adecuados o la inexistencia de candidatos disponibles en el momento.
Una vez concedido, permite a la empresa aplicar medidas alternativas de carácter excepcional, como:
De esta forma, el Certificado de Excepcionalidad no exime a las compañías de su responsabilidad social, sino que asegura que continúen contribuyendo a la inclusión laboral de las personas con discapacidad, adaptando la normativa a su realidad empresarial.